Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado Oliver Aguirre, en su carácter de defensor judicial de la ciudadana NOJUKSY CAROLINA VEGAS VALLEJO, contra la sentencia dictada en fecha 13/11/2025 por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, que declaró Con Lugar la demanda de ACCIÓN REIVINDICATORIA, incoada por MARÍA STALLONE DE RICUPERO contra NOJUKSY CAROLINA VEGAS VALLEJO, todos identificados en autos.
SEGUNDO: Se ordena de oficio la REPOSICIÓN de la causa al estado que el defensor judicial –previo a las diligencias tendentes a contactar su representada, ciudadana NOJUKSY CAROL.....