Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Abg. OLIVER AGUIRRE ROJAS, actuando en su carácter de defensor judicial de la parte demandada, la ciudadana NOJUKSY CAROLINA VEGAS VALLEJO, contra la sentencia dictada en fecha 04/06/2026 por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar.
SEGUNDO: CON LUGAR la acción reivindicatoria propuesta por la ciudadana MARIA STALLONE DE RICUPERO contra la ciudadana NOJUKSY CAROLINA VEGAS RICUPERO, en consecuencia, se ordena a la demandada, restituir a la parte actora el inmueble constituido por un apartamento identificado con el Nº 3-8, situado en el primer .....