Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, y del Tránsito, del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por promovida por el ciudadano Julio César Cuesta Eisler en contra la Jueza Accidental del Tribunal de Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Abg. Nilymar González Bermúdez.
SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo constitucional de mero derecho interpuesta por el ciudadano JULIO CÉSAR CUESTA EISLER en contra de la actuación judicial omisiva y la vía de hecho atribuida a la Jueza Accidental Primera de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Ab.....