En mérito de los argumentos de hecho y de derecho precedentemente expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana Mirna Ysabel Guilarte, en contra de la sociedad mercantil Banco Provincial S.A., Banco Universal, ambas partes identificadas en autos.
En virtud de esta declaratoria, deberá la parte demandada cancelar a la demandante los siguientes conceptos:
1.- Por concepto de diferencia de Vacaciones y Bono Vacacional vencidos, la cantidad de Ciento Ochenta y Cinco Mil Novecientos Nueve Bolívares Con Noventa y Dos Céntimos (Bs. 185.909,92).
2.- Por concepto de Indemnización por Despido Injustificado, la cantidad de Cincuenta y Cinco Mil Trescientos Treinta Bolívares Con Cincuenta Céntimos (Bs. 55.330,5).
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