En el dia de hoy se dicta y publica sentencia en virtud de la cual, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA en el presente juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES interpusieran los ciudadanos NOEMI MONGES, JSOE RIOS MAIGUALIDA RODRIGUEZ, GILBERTO ANRVAEZ, ZULAY OLIVEROS Y OTROS, contra la empresa CORPOARCION VENEZOLANA DE GUAYANA (C.V.G), todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la vigente Ley Orgánica Procesal del Trabajo.-