El día de hoy 1-04-2013, siendo las 10:00am, presentes la parte demandante y demandada solidariamente; se dió inicio a la Audiencia Preliminar prolongada; en virutd de que las partes manifestaron razonadamente sus posiciones de no poder alcanzar un acuerdo conciliatorio; este Juzgado, de conformidad con el articulo 135 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dió por concluida la Audiencia Preliminar. Igualmente, de conformidad con el articulo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordenó agregar a los autos; quedando abierto el lapso para la contestación de la demanda.-