En consecuencia, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO en el presente RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO, incoado por la ciudadana ODALYS YANIXA YEGUEZ BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.510.629 y de este domicilio, asistida por la ciudadana ONEIDA OJEDA, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 93.542, contra la Providencia Administrativa Nº 2014-00685 de fecha 20 de octubre de 2014, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO ORDAZ, ESTADO BOLÍVAR, en la cual declaró con lugar la solicitud de calificación de despido propuesta contra la recurrente por la sociedad mercantil INVERSIONES VALISAEK, C. A., en un todo de conformidad con lo dispuesto con .....