Por todas las consideraciones antes expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, TRANSITO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, de conformidad con los artículos 49 Ordinal 1ro, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente causa de LIQUIDACION Y PARTICION DE LA SOCIEDAD MERCANTIL GRUPO MIRANDA, SOCIEDAD ANÓNIMA, incoado por los ciudadanos JOSE MANUEL AGUILAR BARRADAS Y JOSE ELIAS AGUILAR BARRADAS, respectivamente, contra el ciudadano YOSMAR ANDRES DONAIRE, identificados en autos; por inepta acumulación de pretensiones conforme a las previsiones del artículo 78 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión se condena en costas a la parte actora, conforme al artículo 274 del.....