Se dictó sentencia declarándose el inicio del procedimiento de ejecución forzosa en el presente recurso, ordenándose la notificación del PRESIDENTE DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES a los fines que dentro de los treinta (30) días consecutivos reincorpore a la recurrente en el cargo de Técnico de Registro y Estadística de Salud I que ocupaba en el Centro Ambulatorio Dr. Renato Valera Aguirre o a otro cargo de igual jerarquía y remuneración, asimismo, se ordenó notificar a la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y a la Directora del Centro Médico Ambulatorio Dr. Renato Valera Aguirre del presente proveimiento.