En consecuencia, este Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de Divorcio 185-a en los mismos términos en que expuestos en el escrito libelar y declara disuelto el vinculo matrimonial, que unía a los ciudadanos FRANCYS AMPARO DOMINGUEZ RAMOS Y JUAN JOSE ROMERO GARCES comparecencia venezolanos, mayores de edad y titular de las cédula de identidad números 16.824.594 Y 16.261.852 ,En consecuencia, con respecto, a sus hijos de nombres Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA, nacidos en fechas 21 de Octubre del 2011 y 11 de Diciembre del 2013