En mérito de las consideraciones anteriores, este Tribunal Superior Civil, Mercantil, de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA APELACIÓN DE FECHA 20 de Marzo del 2014, ejercida por la representación judicial de la parte demandante, abogado WILLMER LYON BASANTA, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE LA PRORROGA LEGAL, que sigue los ciudadanos NORMA DEL VALLE PETROCELLI DE MENESES Y JOSE MENESES, contra la Entidad Mercantil SERVICIOS, MANTENIMIENTOS Y SUMINISTROS, CLEAN, C.A, supra identificados. En consecuencia se REVOCA la decisión 06 de Marzo del 2014 dictada por el Tribunal aquo; ordenándose la continuidad del procedimiento y curso de la causa. Todo ello de conformidad con las disposiciones jurisprudenciales, doctrinarias y legales citadas, y los artículos 12, 243 y 267 del Códi.....