REPUBLICA BOLIVARIA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Visto el escrito de solicitud de JURISDICCION VOLUNTARIA, recibido por distribución, presentado por la ciudadana: YULIXA DEL VALLE DELGADO CARDONA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V- 7.912.771, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio Karem Rivada Diaz, Inpreabogado N° 109.497; désele entrada, tómese razón en el libro diario y asígnese numeración; a los fines de la admisión o no de la presente solicitud; este Tribunal de la revisión de la misma, observa que la actora expone:
"... Pido a éste honorable Tribunal se sirva de expedirme el correspondiente justificativo de Ley, donde me sea reconocida la COMUNIDAD CONCUBINARIA, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 767 del Código Civil en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedim.....