II
Por los razonamientos anteriormente expuesto este Tribunal de Juicio N°1 Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad a lo previsto en el artículo 264 del
Código Orgánico Procesal Penal norma supletoria que rige a esta materia especial acuerda ampliar el régimen de presentación periódica del adolescente O. A. Moreno Palacios, titular de la Cédula de Identidad N° 19.455.959 plenamente identificado en autos, cada 08 días medida de coerción personal contenida en el artículo 582 literal "c" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Y así se decide.