Por todo lo que antecede este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: DECLARA PROCEDENTE LA SOLICITUD DE RETIRO DE OFERTA REAL, efectuada por la empresa METALTECHNICK, C.A. y en consecuencia extinguido el presente proceso.