PARTE DISPOSITIVA
Escuchadas las exposiciones de todas las partes asistentes a este debate reservado, oídas y analizadas como fueron las deposiciones de los órganos de prueba traídos al Juicio, examinado el contenido del único medio probatorio documental incorporado por su lectura, este Tribunal de Juicio Nro. 01 Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente, constituido en su categoría mixta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, POR UNANIMIDAD DE TODOS SUS MIEMBROS, decide: PRIMERO: De conformidad con lo previsto en el Art. 602, literales b y e De la LOPNA, así como disposiciones procesales y constitucionales, inspiradas en el principio de inocencia y el principio "indubio Pro reo" establecido como fuente indirecta de derecho, DECLARA NO RESPONSABLE al adolescente MACGLY JOSE ESPINOZA COLMENAREZ, Venezolano, titular de la cedula de identidad número: 19.062.102, residenciado en sector San Jacinto, calle principal, ca.....