Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Cobro de Prestaciones Sociales interpuesta por MARIA JOSE ALEJOS, NICOLAS GUTIERREZ, LUIS GOMEZ, DAVID GARCÍA, DANIEL GOMEZ, JOSE GUTIERREZ, TITO GOMEZ, BRICIO ORTIZ, JOSE RODRIGUEZ, JOSE SUAREZ y ALBERTO GOMEZ contra SUPERTRASNPORTE PORVENIR C.A, TRASNPORTE MOCOPA C.A., REFINADORA DE MAIZ VENEZOLANA C.A. (REMAVENCA) y ALIMENTOS PROCRIA C.A., ambas partes plenamente identificadas en autos.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Remítanse las presentes actuaciones al Tribunal de origen una vez que trascurran el lapso establecido en la ley.