DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y como consecuencia de ello se establece al ciudadano: FELIPE ALEXANDER BARRIOS TOLEDO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.209.064 y de este domicilio, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación de manutención a favor del niño (Identidad Omitida), de cuatro (4) años de edad y de este domicilio, por la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS VEINTICUATRO BOLÍVARES (Bs. 2.824,00) mensuales, pagaderos al inicio de cada mes, los cuales deberá entregar directamente a la madre del niño en referencia, previo recibo firmado por ésta o consignarlos en la cuenta de ahorros que al efecto se abra para tal fin o le indique el Tribunal.-
Se.....