En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 1º del Código de Procedimiento Civil decreta LA PERENCIÓN BREVE de la presente demanda de DAÑO LUCRO CESANTE Y MORAL interpuesta por la ciudadana ALIBERT BEIZABET VAZQUEZ MARTINEZ en contra de la Sociedad Mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL. En consecuencia se declara EXTINGUIDA LA INSTANCIA.
Queda así CONFIRMADA la sentencia dictada en fecha 19 de mayo de 2010 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta.