este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por la parte actora recurrente contra la decisión de fecha 05 de Agosto de 2011, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz; que declaró inamisible el presente recurso de nulidad contra la providencia administrativa numero SS-2011-514, de fecha 12 de Julio de 2011; y como consecuencia de ello, se revoca la referida decisión.
SEGUNDO: Se ordena al Juzgado Cuarto de Primera Instancia del Trabajo del Estado Bolívar, con sede en Puerto Ordaz, proceder a admitir el presente recurso de nulidad, así como pronunciarse sobre la medida cautelar solicitada.
Dada firmada y sellada en la sede del despacho del Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circ.....