En mérito de lo expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia del Régimen Procesal Transitorio de juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; administrando justicia en nombre de la republica bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR la demanda de Impugnación de reconocimiento de conformidad con los artículos 57 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y los artículos 210, 226 y 227 del Código Civil, presentada por la ciudadana MILDRETS NEIDIMAR DOMINGUEZ ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.919.479, domiciliada en el sector Santa Cruz, calle Los Limones, casa s/n, Las Mercedes, Municipio San Felipe estado Yaracuy, en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES en contra del ciudadano JOSE GREGORIO MARTINEZ ESPINOZA, venezolano, mayor de edad,.....