este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy , actuando en atención al interés superior de la Niña Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, previsto en el literal "a" y "e" del artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Primero: revocar la Medida de Protección dictada en fecha 10 de Octubre de 2011, por el Consejo de Protección del municipio Veroes del estado Yaracuy, para lo cual se ordena oficiar al la Entidad de Atención Integral Cimarrón Andresote para que permitan que la ciudadana Meisis Flores Alvarado retire a su hija la niña Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la referida Institución,.....