Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de la fallecida ciudadana PETRA MARGARITA RODRIGUEZ, quien era venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.135.949, falleció el día 23/10/2018, en su casa familiar ubicada en la urbanización José Gregorio Hernández, calle Orocamay, casa Nro. 17-07 de San Félix Municipio Caroní del Estado Bolívar, a consecuencia de INSUFICIENCIA CARDIACA, CONGENITA, HIPERTENSION ARTERIAL seg.....