Por todos los razonamientos anteriores este Juzgado Superior Civil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL de la parte recurrente; en consecuencia, se declara firme la decisión de fecha 14/05/2021 dictado por el tribunal de la causa, en el juicio que por OFERTA REAL DE PAGO, interpuesto por el ciudadano CHAOPING ZHENG.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Se ordena la notificación de la presente decisión, de acuerdo a los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense boletas.
Publíquese, Regístrese, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia http://bolivar.tsj.gob.ve/, déjese copia certificada de esta decisión, notifíquese y en su oportunidad correspondiente remítase el expediente al tribunal de origen.
D.....