DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto y de conformidad a las normas del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal Unipersonal de Juicio N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley" DECLARA CULPABLE al acusado CARLOS WUILLYS CAMPOS RODRÍGUEZ, venezolano, soltero, titular de la cedula de Identidad Nº V-15.995.971, soltero, obrero, residenciado en el sector el Río-tierra tinta, calle principal, casa S/n, Municipio Nirgua del Estado Yaracuy, por la comisión del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el art. 454, ordinal 8º del Código Penal venezolano, en perjuicio de la nación, en consecuencia se dicta SENTENCIA CONDENATORIA al acusado, quien deberá cumplir con la pena de UN (01) año de prisión, de conformidad a lo establecido en el articulo 367 del Código Orgánico Procesal Penal.
Las partes quedaron notificadas en la audiencia luego de la lectura de la pre.....