Cumpliendo con lo establecido en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, éste Tribunal procede a realizar a ACTUALIZAR el cómputo de la pena en el presente asunto de la siguiente manera:
PRIMERO: El ciudadano JONATHAN MARCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.965.198, quien fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de SECUESTRO, previsto y sancionado en el Artículo 462 del Código Penal.
SEGUNDO: En fecha 15 de Septiembre de 2005, le fue actualizado el computo de la pena, a JONATHAN MARCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.965.198, quien para ese momento había cumplido una pena de DOS AÑOS, NUEVE MESES Y VEINTE DIAS.
TERCERO: Al día de hoy, 02 de Febrero de de 2006, el penado JONATHAN MARCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 15.965.198, TRES AÑOS, DOS MESES Y CATORCE DIAS. Faltándole por cumplir.....