En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Función de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra de el ciudadano: ROBERTO RAMÓN FIGUERA titular de la cédula de identidad V-13.782.904, residenciado en: UNARE II, BLOQUE 19, PISO 02, APARTAMENTO 01, PUERTO ORDAZ - ESTADO BOLÍVAR. , por la presunta comisión de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y AMENAZA previstos y sancionados en los artículos 40 y 41, respectivamente, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: YEGLIS NORAIDA RODRÍGUEZ PADILLA venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-14.505.198, residenciada en AVENIDA PR.....