DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Segundo (2°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Apelación interpuesta por los ciudadanos JOSE ARAGUAYAN CAMPOS y FREDDY GONZALEZ QUIAJADA, abogados en ejercicio, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 67.852 y 80.208, respectivamente, en su carácter de parte demandada recurrente, en contra de la decisión dictada en fecha 13 de Marzo de 2012 por el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Puerto Ordaz.
SEGUNDO: Se REVOCA la Decisión Recurrida, por las razones expuestas ampliamente en el texto íntegro de la sentencia.
TERCERO: SE REPONE la causa al estado de que el Juez de Primera Instancia de Juicio del Trab.....