EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY SE DECLARA LA ADMISION DE LOS HECHOS ALEGADOS POR EL DEMANDANTE: ciudadano: ARGENIS RAFAEL REYES, SUFICIENTEMENTE IDENTIFICADO EN EL PRESENTE PROCEDIMIENTO; POR PARTE DE LA DEMANDADA, la empresa mercantil BUHOS ON LINE. C.A, representada por su Presidente, el Ciudadano: JESUS CALDERON; suficientemente identificadas en autos; EN CONSECUENCIA SE DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA Y SE CONDENA A LA DEMANDADA: la empresa mercantil BUHOS ON LINE. C.A, representada por su Presidente, el Ciudadano: JESUS CALDERON.; suficientemente identificada en autos; A PAGAR LAS CANTIDADES ADEUDADAS Por un monto total condenado de: VEINTE MIL NOVENTA Y DOS BOLIVARES CON SIETE CENTIMOS (Bs.20.092,07).
SEGUNDO
Siguiendo la doctrina de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y de conformidad con Sentencia emanada de la misma, en fecha 11 de noviembre de 2008, con ponencia del Magistrado Luís Eduardo Franceschi G.....