en consecuencia este Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA al penado JOEL EDUARDO VIDOVIC GONZALEZ titular de la cédula de identidad N° 18.534.378, el beneficio de REGIMEN ABIERTO y ACUERDA oficiar al Director del Internado Judicial de esta ciudad a fin de remitir copia certificada del presente auto, oficiar al Comandante de la Policía del estado Yaracuy a los fines de que se sirva notificar al penado, remitir copia certificada del presente auto al penado, y notificar del contenido del auto a la Defensora Pública Tercera y al Fiscal Undécimo del Ministerio Público. Notifíquese y ofíciese lo conducente. Cúmplase.
La Jueza de Ejecución N° 1
Abg. Jenny Andaluz Affigne
La Secretaria
Abg. Rosana Ceresa