En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Yaracuy, REVOCA, la medida cautelar sustitutiva de libertad impuesta al ciudadano SABRA KHALIL SUFIAN, Venezolano, mayor de edad, natural de Urdaneta, estado Lara, nacido en fecha 23-09-1978, de 29 años de edad, residenciado en la Avenida Los Leones, Edificio Arco Iris Piso 4, apartamento 4-B, Barquisimeto, estado Lara y se identifica con cédula V-13.265.109, ello conforme a los artículos 251, parágrafo segundo, 262, ordinales 2º y 3º del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia ordena su aprehensión.
Regístrese, diarícese, déjese copia de la presente decisión, anéxese a la causa penal, líbrese oficio a la Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y a la Fuerza Armada Policial del estado Yaracuy, anexo al primero organismos original de la boleta de aprehensión por revocatoria de med.....