en consecuencia, este Tribunal Tercero de primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA, a la ciudadana MARIA DE LOS SANTOS VELIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.278.586, con domicilio en el sector el Pantano, municipio Nirgua, estado Yaracuy; a la adolescente Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y la niña Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de doce (12) y cuatro (04) años de edad respectivamente, como UNICAS y UNIVERSALES HEREDERAS del ciudadano CHARLES LUIS AGUILAR MACHADO, quien era titular de la cédula de identidad Nº 14.211.310, fallecido ab-intestato en fecha 16 de Junio de.....