este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, declara CON LUGAR la Rectificación del acta de nacimiento del ciudadana MIRIAM YLUMINA SILVA DE SALAS, venezolana, mayor de edad, portadora de la cédula de identidad Nro. V-7.502.790, actuando en nombre y representación propia, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 108.492; en el cual solicita la rectificación de su acta de nacimiento, inserta bajo el Nro. 10, folio: 05 y Vto. Tomo I, del año 1958, emitida por la Comisión de Registro Civil de la parroquia Campo Elías del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy.