Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la Inhibición formulada por la profesional del derecho Abg. SORELYS QUINTERO, actuando en su condición de Jueza del Tribunal Primero de Primera Instancia de de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el asunto UP11-S-2020-000014, relativo a la solicitud de MEDIDA PREVENTIVA ANTICIPADA, interpuesto por la ciudadana MIRLA KARINA BELLO GIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15-285.569, asistida por la abogado SUHAIL ANAYANTZY HERNÁNDEZ ALVARADO, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 81.067, contra los ciudadanos ALEYRIS STEFANY GONZÁLEZ.....