CAPITULO IV
DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos y en base a las disposiciones legales citadas, este Tribunal de Control N° 2 de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", emite el siguientes pronunciamiento:
Primero: Declara con lugar la Solicitud de la Fiscal Novena, sobre Libertad Plena, a favor de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, anteriormente identificados, de conformidad en los artículos 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Segundo: Se les decreta Libertad Plena a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS. Tercero: Se ordena conforme a lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánica Procesal Penal, continuar la investigación por el procedimiento ordinario. Por cuanto este asunto corresponde al Tribunal de Co.....