Por lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 253 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 11 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo Homologa el presente Desistimiento del Procedimiento más no de la acción, realizado por el ciudadano MANUEL ALONSO SANCHEZ HUTH, Abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº. 192.148, el cual tiene facultad expresa para desistir del procedimiento, según consta de poder que riela al folio 17 del presente expediente. En consecuencia, se ordena su envío al archivo judicial para su seguridad y resguardo. Cúmplase.-