Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y de Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPARTE SU HOMOLOGACION de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, al DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACION efectuado por el ciudadano EDWIN EDRID GIL ORTUÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-14.144.921, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.164.420, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, que por PARTICION DE LA COMUNIDAD DE BIENES incoado por los ciudadanos ERNESTO LICIDIO GIL VIAMONTE y ROSARIO DEL CARMEN ORTUÑO DE GIL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.598.969 y V-5.551.434, respectivamente, y de este domicilio, contra el ciudadano RAMON DE JESUS PINO FIGUEROA, v.....