este Tribunal de Primera Instancia, constituido como Tribunal Unipersonal en Funciones de Juicio Nº 01, del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: ABSUELVE a los acusados: EFRAIN DAVID CASTRO UZCÁTEGUI, venezolano, titular de la cédula identidad Nº V- 20.141.548, natural de El Vigía, Estado Mérida, nacido en fecha 21-02-91, de 20 años de edad, estado civil soltero, ocupación estudiante del segundo semestre de educación integral en la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez, hijo de Efraín Castro (v) y de Yasenca Uzcátegui (v), residenciado en la Urbanización Buenos Aires, calle principal, casa Nº 1-38, diagonal a la licorería Mi Campito, una cuadra abajo del registro, teléfono residencial 8817636; por la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en armonía con el .....