Se dictó sentencia declarándose IMPROCEDENTE la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada por la parte actora en la demanda de nulidad de venta incoada por la ciudadana YURAIMA YARISBETH OLLOQUI RIVAS contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO HERES DEL ESTADO BOLÍVAR y contra la ciudadana CRUZ BEATRIZ SOLÓRZANO MAURERA de un bien inmueble constituido por una parcela de terreno de origen ejidal, ubicada en el Barrio La Lucha, casa S/N, Calle Libertador, Parroquia La Sabanita, Ciudad Bolívar, constante de cuatrocientos cincuenta y ocho metros cuadrados con veintitrés centímetros (458,23mts2), registrada en la Oficina Inmobiliaria de Registro Público del Municipio Heres del Estado Bolívar el veinticinco (25) julio de 2007, bajo el Nº 14, folio 41 al 42, Protocolo Primero, Tomo Trigésimo Cuarto, Segundo Trimestre del año 2007.