En fuerza de las consideraciones anteriores, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La CADUCIDAD del Recurso de Invalidación interpuesto por la ciudadana JOHANA JOSEFINA NASARIN PAOLA venezolano, mayor de edad y titular de las cédula de identidad Nº 18.657.797 en su carácter de directora gerente de la entidad mercantil PAVIMENTOS GUAYANA C.A., debidamente asistida por el Profesional del Derecho JESUS JOAQUIN CAMPOS GOMEZ, plenamente identificado a los autos. Así se establece.-
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. Así se establece.-