Por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sifontes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA FALLECIDA MARIA BEATRIZ ARTEAGA DE PEREZ, al ciudadano ANGEL MANUEL PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V-4.594.068, en su condición de cónyuge sobreviviente y a los ciudadanos ANGEL ROLANDO PEREZ ARTEAGA, ARNOLD RONALD PEREZ ARTEAGA Y ANGEL RONALDO GREGORIO PEREZ ARTEAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-15.781.209, V-15.781.208, V-18.000.239, respectivamente, en su condición de hijos. Quedando en todo caso a salvo, derechos de terceros.- Devuélvanse las origina.....