Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUADE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda por Reconocimiento de Documento Privado, intentada por el ciudadano JOSÈ MANUEL SALINAS BRICEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº. V-9.312.832, inscrito en el Inpreabogado Nº 58.087, y jurídicamente hábil, domiciliado en la ciudad de Ejido Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida actuando en su propio nombre, contra el ciudadano NEXON ENRIQUE UZCATEGUI ALTUVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-10.105.030, con domicilio procesal en: San Miguel, casa sin número, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil. En consecuencia, se tiene como Reconoci.....