Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar declara INADMISIBLE la demanda por COBRO DE BOLIVARES (VÍA INTIMACIÓN), interpuesta por el ciudadano FELIX RAMON ROJAS HERNANDEZ contra la ciudadana SILVANA SILVA CASTRO.