En consideración a lo anterior, cabe destacar que las prerrogativas de poder conferidas de forma legal al Estado y en el caso que nos ocupa al Instituto de Mejoramiento Profesional del Magisterio: UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR, deben encuadrarse dentro de un Estado de Derecho y de Justicia, prevaleciendo los Principios Constitucionales sin dilataciones indebidas; por tanto quien juzga, en aplicación del Principio Constitucional de la tutela judicial efectiva y en ejercicio de las facultades conferidas por la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela en su articulo 253, pasa a decidir en los siguientes términos:
PRIMERO: Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR la oposición de Embargo Ejecutivo practicado en fecha 30 de Marzo del.....