Se dictó sentencia declarándose CON LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano ANTONIO MENDOZA, contra la sociedad mercantil TANQUES GUACARA C.A., en consecuencia, se le ORDENA cumplir con la Providencia Administrativa Nº 2009-0221, dictada en fecha 30 de junio de 2009, por la Inspectoría del Trabajo "Alfredo Maneiro" de Puerto Ordaz, Estado Bolívar, que ordenó el reenganche y pago de salarios caídos del accionante, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la publicación del presente fallo.