"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO el derecho de RETASA invocado por la representación judicial de la parte intimada, y en consecuencia, FIRME los Honorarios Profesionales estimados en la demanda de INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentada por los abogados en ejercicio José Alfonso Márquez Pereira y Mildred Janet Carrero Paredes, actuando en su propio nombre y representación. Así se decide..."