En consecuencia, en mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundode Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara De La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la presente solicitud de Justificativo de testigo presentada por la abogada KEREN SINAI DE SILVA URBANEJA, titular de la Cedula de Identidad Nro. V- 19.446.906, inscrita el Inpreabogado bajo el Nro. 288.886 apoderada judicial del ciudadano ALEXANDER GALLARDO, titular de la Cedula de Identidad número V-9.285.043.-
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Juzgado Segundo De Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara de La Circunscripción Judicial Del Estado Monagas, a los Veintiocho (03) días del mes de juni.....