En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda de Fijación de Obligación de manutención, interpuesta la Fiscalia Séptima del Ministerio Publico del estado Yaracuy, actuando por petición de los ciudadanos AMALIA ROSA BAEZ, y NELSON ANTONIO ANDRADES venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 10.144.396 Y 11.276.396, respectivamente, domiciliados la primera en el sector MotoCross de cambural, final calle 6, casa s/n, municipio Peña del estado Yaracuy, y el segundo en la población de cambural, casa Nº 178, municipio Peña del estado Yaracuy, a favor de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES y el niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON.....