En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Segundo (2º) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley: DECLARA: SIN LUGAR la Regulación de Competencia solicitada por el ciudadano ASCANIO ORTEGA JOSE GREGORIO, Abogado en Ejercicio y de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 132.382, actuando en representación judicial del ciudadano ANGEL JHONY BRITO GUERRA, parte actora en la presente causa. COMPETENTE al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial Ciudad Bolívar, que por distribución corresponda conocer. Confirmándose así la decisión del Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión t.....