En consecuencia, cumplidos los requisitos para la procedencia de la presente solicitud. Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA a la ciudadana MARIYELI COROMOTO RODRIGUEZ CUEVAS, Venezolana, Mayor de edad, Titular de la cedula de identidad Nº 16.110.086, en su condición de concubina y madre del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑO NIÑA Y ADOLESCENTE quien nació el 17 de octubre de 2007 y al ciudadano JOSE LEONARDO DONAIRE VELASQUEZ, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 17.469.088, COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ANICACIO JOSE DONAIRE FIGUEROA, quien era venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 7.500.796, quien falleció ab-intes.....