Por las razones antes expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, BANCARIO Y TRANSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 15, 242, 24 3, 249, 254 y 765 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 185 del Código Civil y artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: Procedente la solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO, presentada por los ciudadanos JONAS ANTONIO CARDONA HIDALGO y DAYANA ALEJANDRA ABALLAY RIVAS, (antes identificados), por ante este despacho, debidamente asistidos en este acto por la abogada en ejercicio NILIAN RODRIGUEZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 27.990, de este domicilio.
SEGUNDO: Se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que existía entre los ciudadanos JONAS ANTONIO CARDONA HIDALGO .....